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Las vacaciones en México son un derecho laboral obligatorio que se otorga a partir del primer año de antigüedad en un empleo formal. Sin embargo, muchos trabajadores desconocen sus derechos y, por no solicitar sus vacaciones a tiempo, acaban perdiendo días de su descanso.
Si no quieres ser el próximo, quédate a leer este post.
En las siguientes líneas te explicaremos lo que necesitas saber acerca de las vacaciones en México. Incluyendo cuántos días te corresponden por ley en 2025 y qué fórmula aplicar para determinar cuánto deben pagarte. Al igual que los pasos para tramitar tus vacaciones sin tropiezos.
¡Asegúrate de recibir lo justo!
Las vacaciones en México es un periodo de descanso pagado respaldado por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Los días mínimos de este derecho se ampliaron en la reforma de 2023, donde se establece que el mínimo es 12 días.
Es decir, tras cumplir el primer año trabajando en una empresa, tienes derecho a un mínimo de 12 días de vacaciones. Además, a partir del segundo año, se le suman 2 días por cada año adicional, hasta alcanzar 20 días al cumplir 5 años.
En la siguiente tabla te mostramos las vacaciones 2025 por Ley según años trabajados:
Años de servicio | Días de vacaciones (laborables) |
1 | 12 |
2 | 14 |
3 | 16 |
4 | 18 |
5 | 20 |
6–10 | 22 |
11–15 | 24 |
16–20 | 26 |
21–25 | 28 |
26–30 | 30 |
31–35 | 32 |
Estos valores están basados en el incremento progresivo previsto en el artículo 76 de la LFT.
Saber cuántos días de vacaciones por año con la nueva ley te permite calcular el monto que te corresponde.
Ahora bien, al momento de tomar las vacaciones en México, la Ley Federal del Trabajo dispone dos partidas obligatorias:
1. Salario de los días de vacaciones: se cubren íntegros, como si hubieras trabajado.
2. Prima vacacional: al menos 25 % adicional sobre el salario de esos mismos días.
¿Cómo calcular el pago de vacaciones?
Para este pago, no es necesario usar el Salario Diario Integrado (SDI), basta con conocer:
La antigüedad laboral, que determina el número de días de vacaciones.
El salario diario, que se puede obtener dividiendo el sueldo mensual entre 30 días.
Para el ejemplo a continuación, partiremos de estos datos:
Salario diario: 278.80 MXN (vigente desde el 1 de enero de 2025).
Días de vacaciones por 1 año de antigüedad: 12, según el art. 76.
El cálculo sería el siguiente:
Pago base (salario de vacaciones): 278.80 × 12 = 3,345.60 MXN.
Prima vacacional (25 %). 3,345.60 × 0.25 = 836.40 MXN.
Total a recibir. 3,345.60 + 836.40 = 4,182.00 MXN.
Vacaciones 2025 por Ley = 4,182.00 MXN.
Cuando disfrutas tus vacaciones, la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) funciona casi igual que en cualquier otra quincena.
Esto es lo debes tener en cuenta:
El salario de los días de descanso se grava con el ISR al 100 %. Es decir, el empleador calcula tu impuesto sobre ese monto y te entrega el neto correspondiente.
La prima vacacional tiene un beneficio: está exenta de ISR hasta por el equivalente a 15 UMA (1,697.10 MXN).
Aunque pagues ISR sobre tus vacaciones, tienes la tranquilidad de que esa retención se ajusta en tu declaración anual.
Lo ideal es que paguen tus vacaciones antes o al inicio de las mismas. Por ley, no existe una fecha fija, pero si el empleador lo retrasa una vez hayas comenzado tu periodo de descanso, puedes hacer un reclamo.
En general, las empresas depositan el salario de vacaciones y la prima vacacional en la quincena o semana anterior al inicio del descanso. Sin embargo, hay otras formas de hacerlo:
Pago en dos partes. Incluirlo en el salario como parte de la nómina normal y transferir la prima vacacional por separado. Eso sí, antes o el primer día de las vacaciones.
Anticipo especial. En ciertos casos, la empresa puede adelantar el monto total del periodo vacacional en una sola exhibición, siempre que exista acuerdo por escrito.
Cabe resaltar que, el empleador tiene hasta 6 meses para darte vacaciones una vez cumplas el año en la empresa.
Si ya cumpliste un año en tu empleo y planeas tomar vacaciones, lo ideal sería acordar las fechas con anticipación.
Si bien es un derecho por ley, es fundamental coordinar con la empresa/empleador para que el proceso sea fluido.
Por lo tanto, te recomendamos:
1. Habla con tu jefe directo. Informa con tiempo el número de días que tomarás para tu descanso (fechas exactas). Además, al menos con 2 a 6 semanas de antelación, para que la operación de la empresa no se vea afectada.
2. Sé flexible. Es muy probable que tu área laboral necesite ajustes para evitar contratiempos en el trabajo. Así que, trata de ser flexible y abierto al diálogo, lo cual muestra compromiso y facilita la aprobación.
3. Formaliza la solicitud. Una vez acordadas las fechas, deberás hacer la solicitud formal por escrito o a través de un sistema interno de la empresa.
4. Deja tus pendientes organizados. Antes de salir, procura entregar lo que tengas pendiente o delegar tareas importantes. Esto te permitirá disfrutar de tus vacaciones sin interrupciones ni preocupaciones.
Solicitar tus vacaciones con orden y disposición facilita su aprobación y refuerza tu imagen profesional dentro la empresa. Pero si no sabes bien qué hacer, acude al departamento de recursos humanos para recibir orientación.
¿Quieres aprovechar mejor el dinero de tus vacaciones?
Considera utilizar DolarApp para recibir, guardar y gastar dólares digitales (USDc) si piensas viajar fuera de México. Basta con llevar tu DolarCard, la tarjeta que funciona con saldo en USDc para pagar tus gastos en cualquier parte del mundo. Siempre que acepten tarjetas Mastercard.
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No, las vacaciones no pueden acumularse de manera indefinida. Se generan cada año y deben disfrutarse dentro de un periodo razonable. Por eso, lo recomendable es solicitarlas a tiempo y no dejarlas pendientes por varios ciclos.
Sí, los días de vacaciones pueden caducar, aunque no pierdes el derecho de inmediato. Si no las tomas dentro de los 6 meses posteriores a tu aniversario laboral, aún tienes un año más para reclamarlas. Después de ese plazo, el derecho se pierde.
Si no disfrutas tus vacaciones dentro del tiempo establecido y tampoco las reclamas legalmente, sí, puedes perderlas. El derecho prescribe 18 meses después del año en que se generaron, según lo establece la Ley Federal del Trabajo.
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